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Protección pagos

¿Por qué protegerse al contratar una Hipoteca?

  • Cubrimos la cuota mensual de tu hipoteca en caso de invalidez temporal Si sufres una invalidez temporal, gracias al seguro de protección de pagos, el asegurado tendrá una protección económica (hasta el límite de meses y cantidades contemplado en las condiciones particulares) y no tendrá que hacer frente a la cuota mensual del préstamo. 
  • En caso de desempleo, cubrimos las cuotas de tu hipoteca Con nuestro seguro de Protección de Pagos, estamos a tu lado en caso de desempleo, pagando las cuotas de tu hipoteca (hasta los límites de tiempo y cantidad fijados en las condiciones particulares, y solo para asalariados con contrato fijo con una antigüedad mínima de 6 meses).
  • Además, podrás contratar una cantidad mensual para otros gastos recurrentes Como recibo de suministros, otros préstamos, u otros gastos relativos a la vivienda objeto del préstamo hipotecario. Dicha cantidad se abonaría en el caso de estar en una de las situaciones descritas en los puntos anteriores.
  • Se incluye una compensación por hospitalización de 200 euros por año En caso de estar durante siete días consecutivos hospitalizado y cumplir los requisitos de la póliza.
  • Consulta en qué casos puedes contratar estas garantías En las condiciones generales y particulares de la póliza 

 

Cobertura de nuestro seguro de protección de pagos para hipotecas

Cobertura

Protección de Pagos Anual Renovable

Cobertura de protección de Pagos

x

Cobertura de la cuota de la hipoteca en caso de desempleo si tienes contrato fijo

Incluido (hasta 1.800 € de cuota mensual y hasta 12 mensualidades consecutivas o 24 alternas)

Cobertura de la cuota de la hipoteca en caso de incapacidad laboral, si eres autónomo o tienes contrato temporal

Incluido (hasta 1.800 € de cuota mensual y hasta 12 mensualidades consecutivas o 24 alternas)

Cobertura para otros gastos recurrentes

O

Cobertura de gastos de hospitalización

Incluida (200 € al año por asegurado)

Características del seguro

x

Tipo de pago

Anual o semestral

Duración

Anual renovable

x Incluido

x No incluido

x Opcional

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¿Cómo consultar los capitales y coberturas de mi seguro?

Siempre que lo necesites podrás consultar en tu área privada de BS Online los capitales asegurados y las coberturas que incluye tu póliza. Para ello, accede al área privada y selecciona el producto que quieres consultar.

¿Cómo comunico un siniestro de mi seguro de Pagos?

Declarar un siniestro de tu seguro de pagos es muy sencillo, lo podrás hacer por teléfono. Pulsa aquí para saber todo lo que necesitas para solicitar una prestación Pagos.

¿Es obligatorio tener un seguro de protección de pagos?

No, la ley obliga a tener contratados ciertos seguros, como el seguro de autos. Si bien es cierto que en caso de tener una hipoteca, tener un seguro de Pagos te da tranquilidad para que en caso de imprevistos, puedas hacer frente a la cuota de tu hipoteca sin problemas.

Con tu seguro, colaboras en la lucha contra el desempleo

Con nuestro seguro de Protección de Pagos, estarás contribuyendo a ofrecer oportunidades educativas y laborales a colectivos en exclusión social.

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*Coberturas y servicios sujetos a los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones aplicables a tu seguro establecidos en las condiciones particulares y generales de tu póliza. Consulte más información en la documentación contractual.

Protección pagos es un seguro de BanSabadell Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros con NIF A-64194590 y domicilio social en la calle Isabel Colbrand 22 28050 Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP con clave C-0767.

Seguros mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S.A., NIF. A-03424223, sita en Avenida Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante, inscrita en el R.M. de Alicante,   y en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros  de la DGSyFP con clave nº OV-0004, teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de  distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento.